Desde el próximo martes 19 y hasta el 24 abril se aplicará en todo territorio nacional el Plan Nacional de Protección para la Prevención y Atención en Períodos Festivos, de Asueto y Vacacionales, el cual prevé restricciones en el horario de distribución, expendio y venta de bebidas alcohólicas en todo el país. Así lo establece la resolución número 108 emitida por el Ministerio de Interior y Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.656 de fecha jueves 14 de abril.
La resolución detalla que desde entre el 19 y 23 de abril los supermercados, licorerías y distribuidores podrán vender licores en el horario comprendido entre las 11 am y las 7 pm. Los restaurantes, bares, discotecas y espectáculos públicos sólo podrán funcionar desde las 12 m hasta la 1 am. El día 24 de abril se prohíbe la venta, la distribución y el consumo de alcohol.
Según el texto oficial, los cuerpos de seguridad están obligados a hacer cumplir la medida que prohíbe el consumo de licor en Parques Nacionales, Estacionamientos, Instalaciones Deportivas, Vías Públicas, Automóviles (Estacionados y en Desplazamiento). "En caso de ser detectada la presencia de personas con botellas a tapa abierta y/o envases para el consumo, los funcionarios y autoridades mencionados requerirán de los infractores el vaciado inmediato y completo del líquido de sus envases",precisa el documento.
La medida busca "perseverar la vida y el bienestar de las personas y sus propiedades, así como la preservación del ambiente ante cualquier situación que represente amenaza, vulnerabilidad y riesgo durante los días festivos".
Restricción a vehículos de carga pesada
El Ministerio de Interior y Justicia también regulará la circulación de vehículos de carga que tengan un peso bruto igual o superior a los 3.500 kilogramos. Los accesos a Caracas, así como las vías hacia El Palito, San Cristóbal, Puerto Cabello, Puerto La Cruz, Barcelona, Maturín y Barquisimeto figuran entre las principales vías que tendrán restricciones para estos vehículos.
Quedan excluídos de estas restricciones los vehículos que transporten agua potable, hidrocarburos, químicos para la potabilización del agua, entre otros. La Avenida Boyaca (Cota Mil) queda excluída de esta medida, por lo que se prohíbe el tránsito de estos vehículos por esta arteria vial.
Fuente: El Nacional